Tipos y modalidades de violencia

Definiciones de tipos y modalidades de violencia contra las mujeres


Violencia contra las Mujeres


Es cualquier acción u omisión no accidental que perjudique a las mujeres, basada en su género, que les cause daño psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte (Congreso del Estado de San Luis Potosí, 2016, p.5)

Referencia

Congreso del Estado de San Luis Potosí. (2016). Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí. Sexagésima Primera Legislatura. Periódico Oficial del Estado: México.

Ámbitos de violencia contra las mujeres


Ámbito: Es el "espacio social" en el que se originan y desarrollan relaciones que están determinadas por el tipo de “institución social”, que define y reproduce un conjunto de normas particulares. De acuerdo con la LGAMVLV los ámbitos se refieren predominantemente al tipo de vínculo o relación con el/los agresores, y por tanto, la violencia puede ocurrir dentro o fuera de los espacios físicos donde se origina la relación (domicilio familiar, escuela, trabajo). (INEGI, 2016)

Violencia en el ámbito de pareja: Es el abuso de poder u omisión intencional contra la mujer que es realizado para dominar, someter, controlar o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial, económica y sexual en la relación de pareja. El agresor tiene o tuvo una relación de pareja (casados, unión libre, noviazgo) con la persona agredida.

Violencia conyugal: Es cuando una persona obliga a su esposa o pareja a tener relaciones sexuales por medio de violencia física, moral o psicológica (INEGI, 2016).

Violencia en el ámbito escolar: Se refiere a las agresiones sufridas por las mujeres que asistieron alguna vez a la escuela y que han vivido situaciones de discriminación, agresión emocional, física y sexual (acoso, abuso y hostigamiento), experimentadas en el medio educativo a lo largo de su vida. Se ejerce por las personas que tienen un vínculo escolar o análogo con la víctima, independientemente de la relación jerárquica, consistente en un acto o una omisión en abuso de poder que daña la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de la víctima, impide su desarrollo y atenta contra la igualdad. Puede consistir en un solo evento dañino o en una serie de eventos cuya suma produce el daño. También incluye el acoso o el hostigamiento sexual(INEGI, 2016).

Violencia en el ámbito comunitario: Situaciones de violencia, que las mujeres de 15 años y más han padecido a lo largo de su vida, como ofensas, abuso, extorsión u otras agresiones de carácter sexual, en espacios públicos (calles, centros de recreación o diversión) o privados ( en su casa o casa de otras personas). (INEGI, 2016).

Violencia en el ámbito laboral: Se refiere a las situaciones o actos que una persona o grupo, con o sin jerarquía en el medio laboral, ejercen sobre las mujeres en el desarrollo de su trabajo o a consecuencia del mismo, como hostigamiento, discriminación, acoso y abuso sexual, en alguno de los trabajos desarrollados a lo largo de su vida laboral, sin importar si tuvieron empleo todo el periodo o sólo una parte.
Constituye violencia laboral la negativa ilegal a contratar a la víctima o a respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo; la descalificación del trabajo realizado, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, la explotación y todo tipo de discriminación por condición de género.
La Ley vigente define a la violencia laboral y docente en los siguientes términos:
Se ejerce por las personas que tienen un vínculo laboral o análogo con la víctima, independientemente de la relación jerárquica, consistente en un acto o una omisión en abuso de poder que daña la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de la víctima, e impide su desarrollo y atenta contra la igualdad (Congreso de la Unión, 2007).

Violencia en el ámbito familiar: Se refiere a las agresiones o maltrato sufrido por las mujeres de 15 y más años de edad, por parte de miembros de su familia o la del esposo (como hermanos, cuñados, suegros, padrinos) sin considerar el maltrato de su pareja.
Respecto a este concepto, la Ley vigente define a la violencia familiar en los siguientes términos:
Es el acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, someter, controlar, o agredir de manera física, verbal, psicológica, patrimonial, económica y sexual a las mujeres, dentro o fuera del domicilio familiar, cuyo agresor tenga o haya tenido relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato o mantengan o hayan mantenido una relación de hecho (Congreso de la Unión, 2007).

Referencias

Congreso de la Unión (2007). Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) (2016). Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH). Recuperado de https://www.inegi.org.mx/app/glosario/default.html?p=ENDIREH2016

Tipos de violencia contra las mujeres


Tipos de violencia: Agrupación de los actos específicos de agresiones hacia la mujer según sus características, las cuales se clasifican en emocional/psicológica, física, patrimonial, económica y sexual. Pueden ser expresiones verbales y actitudes ofensivas, intimidatorias o denigrantes; lesiones corporales (realizadas con las manos, objetos, armas); despojo de bienes, control y manejo del dinero o pertenencias por parte de su pareja, y acciones ofensivas de tipo sexual, abuso y violación.
La discriminación en el ámbito laboral, tanto aquella dirigida a limitar o excluir a las mujeres, como la específica relacionada con el embarazo, se considera económica, ya que limita o impide el acceso a recursos o mejoras en el espacio laboral (INEGI, 2016).

Referencia

Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) (2016). Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH). Recuperado de https://www.inegi.org.mx/app/glosario/default.html?p=ENDIREH2016

Violencia física


Son las agresiones dirigidas a dañar o intentar dañar el cuerpode la mujer, tales como empujones, jalones de pelo, golpes con la mano, el puño, patadas o golpes con algún objeto o arma punzocortante como cuchillo, navaja o arma de fuego. Así como intento de ahorcamiento o asfixia o amarrarlas (INEGI, 2016). La Ley vigente define este concepto en los siguientes términos: Es cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física o algún tipo de arma u objeto que pueda provocar o no lesiones ya sean internas, externas, o ambas (Congreso de la Unión, 2007)

Referencias

1. Congreso de la Unión (2007). Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

2. Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) (2016). Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH). Recuperado de https://www.inegi.org.mx/app/glosario/default.html?p=ENDIREH2016

Violencia emocional o psicológica


Son formas de agresión que afectan el estado emocional o psicológico. Se considera como tal lo siguiente: insultos, amenazas, intimidaciones, humillaciones, indiferencia, omisiones, menosprecio, burlas, aislamiento, entre otras. Estos incidentes se captan a través de preguntas que aluden a: menosprecio, humillación, amenazas (directamente con algún arma o amenazas de muerte hacia ellas, a los niños o él mismo); irse de la casa, dañarlas, quitarles a los hijos o correrlas, hacerles sentir miedo, encerrarlas, ignorarlas, avergonzarlas, no tomarlas en cuenta; prohibirles salir o, que las visiten; poner a los hijos o parientes en su contra, vigilarlas o espiarlas, destruir, tirar o esconderles cosas personales o del hogar, dejarles de hablar, compararlas con otras mujeres; decirles que son feas o que los engañan, enojarse mucho porque no está listo (o como ellos quieren) el quehacer y la comida, y reprocharles por creer que no cumplen con sus obligaciones (INEGI, 2016).
La Ley vigente define a la violencia emocional o psicológica en los siguientes términos: Es cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica. Puede consistir en: negligencia, abandono, descuido reiterado, celotipia, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, infidelidad, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan a la víctima a la depresión, al aislamiento, a la devaluación de su autoestima e incluso al suicidio (Congreso de la Unión, 2007).

Referencias

1. Congreso de la Unión (2007). Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

2. Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) (2016). Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH). Recuperado de https://www.inegi.org.mx/app/glosario/default.html?p=ENDIREH2016

Violencia Sexual


Es cualquier acto que degrada o daña el cuerpo y/o la sexualidad de la víctima y que por tanto atenta contra su libertad, dignidad e integridad física. Es una expresión de abuso de poder que implica la supremacía masculina sobre la mujer, al denigrarla y concebirla como objeto. Incluye la intimidación sexual, el acoso y hostigamiento sexual, el abuso sexual y la violación o intento de violación (INEGI, 2016).

Referencia

Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) (2016). Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH). Recuperado de https://www.inegi.org.mx/app/glosario/default.html?p=ENDIREH2016

Violencia económica y patrimonial


Es el chantaje del hombre hacia la mujer entrevistada, al controlar los ingresos monetarios del hogar, o bien, al cuestionar la forma de utilizarlos. Las situaciones consideradas en torno al gasto son: reclamos en lo referente al dinero; ser codo o tacaño con los aportes a la casa; no cumplir con darlo o amenazar con no aportarlo; desviar el sustento económico necesario para la casa. Y, finalmente, adueñarse o quitarle dinero o bienes (como por ejemplo, terrenos, automóviles, joyas, entre otros) y prohibirle trabajar o estudiar (INEGI, 2016).
Se refiere a los actos de coerción y despojo hacia las mujeres de 15 y más años, de sus bienes, recursos materiales o propiedades. El objetivo es identificar si algún familiar o la pareja las ha forzado u obligado para poner sus pertenencias a nombre de otra persona o las ha despojado quitándole o robándole sus bienes o pertenencias.
La violencia económica y patrimonial se relaciona en el estudio con la Discriminación Laboral debido a su impacto en la supervivencia económica de la víctima. INEGI (2016) la conceptualiza como: violencia del ámbito de trabajo consistente en el trato diferenciado a las mujeres con relación a los hombres que limita o anula sus derechos y desarrollo, tales como: prueba de embarazo para darles el empleo; despido, rescisión de contrato o disminución de salario debido a su periodo de gravidez, edad o estado civil; menor remuneración, prestaciones que a un hombre que realiza las mismas tareas; menos o nulas oportunidades de ascenso.
La Ley vigente define a la violencia económica y patrimonial en los siguientes términos:
Es toda acción u omisión del agresor que afecta la supervivencia económica de la víctima. Se manifiesta a través de limitaciones encaminadas a controlar el ingreso de sus percepciones económicas, así como la percepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de un mismo centro laboral.
Es cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la víctima. Se manifiesta en: la transformación, sustracción, destrucción, retención de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la víctima (Congreso de la Unión, 2007).

Referencias

1. Congreso de la Unión (2007). Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

2. Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) (2016). Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH). Recuperado de https://www.inegi.org.mx/app/glosario/default.html?p=ENDIREH2016

Violencia obstétrica


Es todo abuso, acción u omisión intencional, negligente y dolosa que lleve a cabo el personal de salud, de manera directa o indirecta, que dañe, denigre, discrimine, o de un trato deshumanizado a las mujeres durante el embarazo, parto o puerperio; que tenga como consecuencia la pérdida de autonomía y capacidad de decidir libremente sobre su cuerpo y sexualidad. Puede expresarse en:

  • a) Prácticas que no cuenten con el consentimiento informado de la mujer, como la esterilización forzada.
  • b) Omisión de una atención oportuna y eficaz en urgencias obstétricas.
  • c) No propiciar el apego precoz del niño con la madre, sin causa médica justificada.
  • d) Alterar el proceso natural de parto de bajo riesgo, mediante su patologización, abuso de medicación, uso de técnicas de aceleración, sin que ellas sean necesarias.
  • e) Practicar el parto vía cesárea sin autorización de la madre cuando existan condiciones para el parto natural; (Congreso del Estado de San Luis Potosí, 2016, p.6)
Referencia

Congreso del Estado de San Luis Potosí. (2016). Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí. Sexagésima Primera Legislatura. Periódico Oficial del Estado: México.

Gráficas por tipos y modalidades de violencia


Grafica 1

Se observan los porcentajes de aquellas encuestadas que vivieron alguna de las violencias indicadas en el instrumento al menos una vez a lo largo de su vida. Podemos observar que los 6 municipios con declaración de alerta de violencia de género, a saber, Ciudad Valles, Matehuala, SLP, Soledad, Tamazunchale y Tamuín, con la excepción de este último, están por encima del promedio estatal de 87%.

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La violencia emocional y psicológica es la que se reporta con mayor prevalencia, seguido de violencia sexual y física.

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Es en el ámbito de pareja donde las encuestadas más reportaron haber vivido alguna violencia con mayor prevalencia, seguido del ámbito comunitario, el familiar, el laboral y el escolar.

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Aquí se observa que, al desglosar las violencias por región, a la pregunta “La han pellizcado, jalado el cabello, empujado, jaloneado, abofeteado o aventado algún objeto?” es en la zona Media donde más se vivió esta violencia entre las encuestadas, seguido de la zona huasteca.
El segundo indicador nos apunta a aquellas encuestadas que han sobrevivido violencia feminicida, 65 mujeres en el Estado. La Zona Media, que es la única en donde ningún municipio cuenta con Alerta de Género, se destaca como la zona más alta, con un 10.3%.
Finalmente, en cuanto a patadas y golpes con el puño, que también se considera una violencia física grave, la zona centro tiene el mayor porcentaje de encuestadas que afirmaron haber experimentado estas agresiones.

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Actores que cometieron, en mayor frecuencia, los actos de violencia física. Se desglosan los que tienen el mayor porcentaje, porque estos no son los únicos.
A la pregunta "La han pateado o golpeado con el puño?" encontramos que en el ámbito familiar, los principales agresores fueron el padre en casi el 29% de los casos; el hermano, la madre, algún primo y los papás juntos.
Los otros indicadores de violencia física se comportan de modo similar, con los mismos agresores y en los mismos ámbitos. Los que más abusan con patadas a las mujeres son el padre y el hermano.

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Esta gráfica del representa la agresión física de mayor carga de violencia, y observamos que es en el ámbito de pareja y comunitario en donde más ha sucedido. ´De aquellas mujeres que han sido agredidas en el ámbito comunitario fueron atacadas por un desconocido, y en el ámbito de pareja por supuesto encontramos que el agresor es la pareja.

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Tomamos estos dos indicadores porque, en la violencia psicológica y emocional, fueron los que presentaron mayor casos.

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En esta representación gráfica encontramos que a la pregunta “Le han hecho comentarios acerca de que las mujeres no deberían estudiar?” Los dos ámbitos con mayor frecuencia de casos de agresión fueron el comunitario y el familiar. De ellos, en el ámbito comunitario las encuestadas oyeron este tipo de comentarios de parte del vecino o de un desconocido. En el ámbito familiar, fue el padre de familia, seguido de familiares sin distinguir quiénes, y el hermano quienes más les dijeron que no debían estudiar. Las que violentan a las mujeres en lo emocional son mayoritariamente hombres.

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En cuanto a las mujeres que fueron ofendidas o humilladas sólo por el hecho de ser mujer, encontramos que esto sucede principalmente en el ámbito de pareja, seguido por el ámbito familiar, en donde los actores que agredan de esta forma a las encuestadas fueron otro familiar, el padre, la madre y el hermano.

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Indicadores de violencia sexual con porcentajes mayores. La violencia por medio de piropos groseros u ofensivos de tipo sexual o sobre sus cuerpos es la que presenta porcentajes mayores en las 4 zonas. Las mujeres de la zona centro son las que han sido violentadas, en mayor medida, a través de manoseos, toques, besos, etc., sin su consentimiento y, cuando alguien les mostró sus partes íntimas o se las manoseo frente a ellas.
Aproximadamente un cuarto de las participantes ha sentido miedo de ser atacada sexualmente o de sufrir abuso sexual. La Zona Altiplano se distingue por la recurrencia de violencia hacia las mujeres a través de mensajes o comentarios publicados con insinuaciones sexuales, insultos u ofensas por el celular, el correo electrónico o las redes sociales.

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Esta gráfica es representativa de los ámbitos y agresores respecto a la violencia de tipo sexual. La violencia sexual es, por lo general, ejercida por un desconocido en el ámbito comunitario.

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El indicador: ¿Le han hecho sentir miedo de ser atacada sexualmente o de sufrir abuso sexual?, no sólo es experimentado por las mujeres en el ámbito comunitario y por parte de un desconocido sino que también, un porcentaje alto de ellas, lo ha sufrido en el ámbito familiar, principalmente por hombres que mantienen con ellas una relación de parentesco.

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Los primeros tres indicadores de discriminación laboral son violaciones que sufren, en mayor medida, las mujeres de la zona centro. En las Zonas, Altiplano, Media y Huasteca, se incrementan los porcentajes, de mujeres que son violentadas económicamente, al impedirles estudiar o trabajar. Su pareja es el que más las violenta en este sentido.

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El padre y los dos progenitores, son los agresores que, con mayor frecuencia, impiden estudiar o trabajar a las mujeres.

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La violencia obstétrica ha sido experimentada por las encuestadas, en mayor medida, a través de regaños, gritos o cuando las mujeres son ignoradas por el personal del hospital. En las 4 zonas, algunas mujeres han sido obligadas a colocarse un método anticonceptivo.

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En su mayoría, las enfermeras y los doctores, son los actores que violentan a las mujeres. En algunos indicadores el principal agresor es el doctor, como en: ¿La obligaron a colocarse algún método anticonceptivo?; pero en otros indicadores, es la enfermera la principal agresora, como el caso de ignorar a las mujeres.

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Al comparar a todas las mujeres que tuvieron su último hijo por medio de cesárea, con las que tuvieron su último hijo de esta manera durante el periodo 2016-2018, se identifica un aumento del uso de la cesárea como forma de resolución del embarazo. El mayor aumento se aprecia en la Zona Media.
En promedio, el 85% de las mujeres, indica que le explicaron las razones por las que era necesario que le hicieran cesárea, sin embargo, en todas las zonas se identifican mujeres que no recibieron esta información y más de un quinto de las encuestadas, tanto en la Zona Altiplano como en la Centro, no se les explicó porque fue necesario que su hijo naciera por este medio.

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